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Derechos del Consumidor - Noticia. España - 01/12/2021

FACUA advierte de que el proyecto de ley general de telecomunicaciones recorta derechos de los usuarios

No reconoce el derecho a la continuidad del servicio y a compensaciones en caso de interrupciones, no garantiza un servicio universal asequible y de calidad, y no protege frente al fraude en pagos a terceros


Almería 24h
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FACUA-Consumidores en Acción advierte de que el nuevo proyecto de Ley General de Telecomunicaciones que ha aprobado el Gobierno recorta derechos de los usuarios que sí contempla la actual normativa. El texto no reconoce el derecho de los usuarios a la continuidad del servicio y a compensaciones automáticas en caso de interrupciones, no garantiza un servicio universal asequible y de calidad, y no ofrece suficiente protección frente a posibles fraudes en los servicios de pagos a terceros

La asociación presentó una serie de aportaciones al texto normativo, entre las que se pedían modificaciones a diferentes apartados del proyecto al considerar que no garantizaba una adecuada protección de los derechos de los usuarios e incluso los recortaba.

Sin embargo, el texto que aprobó el Consejo de Ministros el pasado 16 de noviembre sigue presentando importantes carencias de las que FACUA ya advirtió en sus propuestas y que no se han tenido en cuenta por parte del Ejecutivo.

Entre otros, supone un paso atrás con respecto a la actual ley al no reconocer el derecho de los usuarios a la continuidad del servicio -que ahora sí existe-. Asimismo, no establece parámetros que garanticen que el precio del servicio universal sea asumible por todos los usuarios, y no incluye un procedimiento para garantizar que son los usuarios quienes dan su consentimiento expreso para el cobro de servicios de terceros en las facturas que emiten las operadoras.

Continuidad del servicio

FACUA critica que el nuevo proyecto de ley supone un paso atrás en los derechos de los usuarios finales reconocidos hasta ahora al no contemplar el derecho a la continuidad del servicio y a posibles compensaciones automáticas en caso de interrupción, algo que la actual Ley General de Telecomunicaciones si prevé.

Así, la norma vigente actualmente reconoce "el derecho a la continuidad del servicio, y a obtener una compensación automática por su interrupción, en los supuestos que se determinen mediante real decreto".

Este derecho se encuentra actualmente recogido y desarrollado en el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, por lo que FACUA advierte que eliminarlo de la nueva ley general de telecomunicaciones supone una auténtica ruptura con la legislación actual que entraña una verdadera regresión en los derechos reconocidos a los usuarios.

Servicio universal

El proyecto de ley no aborda el desarrollo de parámetros mínimos de calidad que FACUA entiende que debe ofrecer el llamado servicio universal -conjunto de servicios básicos que se debe garantizar a todos los usuarios independientemente de su localidad geográfica-.

La asociación advierte de que pese a que el texto indica que los precios del servicio universal "han de ser asequibles y no deben impedir a los consumidores con rentas bajas o con necesidades sociales especiales acceder a tales servicios", realmente el proyecto de ley no aporta soluciones que efectivamente garanticen que el precio es asumible para todos los usuarios.

De igual forma, tampoco configura unos parámetros de calidad mínimos que permitan a los usuarios que contraten el servicio universal disponer del acceso a telefonía e internet en unos estándares comparables a aquellos que realicen la contratación en el mercado normal de telecomunicaciones. Además, la nueva ley, al igual que la anterior, sigue sin configurar la telefonía móvil como parte del servicio universal, circunscribiéndola a telefonía fija e internet.

Además, elimina el servicio de información de números de abonado de entre los que forman parte del servicio universal, pese a que desde FACUA se considera imprescindible para garantizar que los usuarios más vulnerables y sin conocimientos o herramientas para un uso efectivo de internet puedan consultar teléfonos de servicios básicos a través de una numeración gratuita o fija geográfica.

Servicios de pagos a terceros

La asociación señala que el nuevo texto recoge como derecho de los usuarios la capacidad de "desactivar la capacidad de terceros proveedores de servicios de aprovechar la factura [...] para cobrar por sus productos o servicios", pero lo vincula a que sean los propios consumidores quienes pidan la desconexión, en lugar de prohibirlo de inicio y pedir el consentimiento expreso para la inclusión de pagos de servicios concretos de terceros en las facturas de telecomunicaciones.

Así, FACUA critica que la nueva norma sigue sin recoger la necesidad, entre otras, de un doble consentimiento expreso por parte de los usuarios antes de que se les active cualquier servicio de pago a terceros -música, videojuegos, noticias, etc.-, pese a que su contratación sin conocimiento forma un grueso importante de quejas de los consumidores y que en muchos casos se realiza de forma fraudulenta.

En este sentido, la asociación ya se dirigió al ministro de Consumo, Alberto Garzón, para instarle a que prohibiera por defecto estos servicios, bloqueándolos e implementando procedimientos específicos que aseguren el consentimiento expreso e informado de los usuarios antes de la inclusión de tales cargos en sus recibos, algo que también volvía a recoger en sus alegaciones al anteproyecto.

Tarificación adicional

La asociación critica que el anteproyecto de ley tampoco consagra el derecho a una especial protección de los usuarios frente a los servicios de tarificación adicional -numeraciones 80x-, limitándose a indicar que los consumidores tienen derecho a "acceder a servicios de tarificación adicional en las condiciones directamente asociadas al uso de la numeración para dichos servicios".

Aunque esta protección tiene su desarrollo en el Real Decreto 899/2009, FACUA considera necesario que se eleve dicho nivel de protección a la Ley General de Telecomunicaciones.

La asociación entiende que esta protección debería incluir además del derecho de desconexión, al menos, el derecho a una facturación independiente y desglosada del resto de servicios que se le entregue automáticamente -actualmente debe solicitarla el usuario- y la prohibición de suspensión de los servicios de comunicaciones electrónicas por el impago de los de tarificación adicional.

Motivos válidos

El proyecto de ley sí recoge, en cambio, una de las aportaciones que realizó la asociación. El texto original eliminaba la obligatoriedad de que las modificaciones unilaterales de los contratos tuvieran que estar fundamentadas en "motivos válidos" recogidos expresamente en el contrato, circunstancia que FACUA denunció al considerar que recortaba seriamente los derechos de los consumidores.

Ahora, la última versión del texto normativo sí recoge expresamente esta prohibición, al indicar en su artículo 67.8 que "únicamente podrán modificarse unilateralmente las condiciones de un contrato de servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público por los motivos válidos expresados en él".









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