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Derechos del Consumidor - Noticia. España - 24/06/2019

Facua: Vodafone tardó seis meses en aceptar la baja de una fallecida y se negó a devolver el dinero a su familia

Tras la reclamación de FACUA, la compañía ha devuelto a su hijo los 158 euros que cobró durante el tiempo en que no hizo efectiva la suspensión del servicio

Almeria 24h
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Facua: Vodafone tardó seis meses en aceptar la baja de una fallecida y se negó a devolver el dinero a su familia


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Tras la reclamación de FACUA-Consumidores en Acción, Vodafone ha devuelto 158 euros a un usuario tras haber estado cobrando durante seis meses la línea de su madre fallecida. El afectado solicitó en reiteradas ocasiones la baja de los servicios, pero la compañía nunca llegó a hacerla efectiva.

Iván Pérez Coto, residente en Gijón, pidió a Vodafone en febrero de 2018 la baja de la línea teléfonica que su madre mantenía con la empresa tras haber fallecido ese mismo mes. Sin embargo, la compañía siguió cobrándole hasta agosto del mismo año las mensualidades de los servicios, 158,26 euros, pese a los reiterados intentos -al menos una o dos veces al mes- del usuario para que hicieran efectiva la baja.

El 24 de agosto, finalmente, Vodafone comunicó a Iván que daba de baja los servicios y que le reintegraría los 158 euros. Para su sorpresa, apenas una semana después, la compañía le informó de que realmente no se le iba a hacer devolución alguna de las cantidades cobradas indebidamente durante esos seis meses.

Iván, por tanto, decidió acudir a FACUA para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Vodafone para reclamar que devolviera al usuario los 158 euros. Así, en el escrito, FACUA recordaba que el Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas establece que los contratos se extinguen "por voluntad del abonado, comunicándolo previamente al operador, que se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se ha podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja".

De igual forma, la asociación mencionaba que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios recoge como cláusulas abusivas aquellas que "establezcan plazos de duración excesiva o limitaciones que excluyan u obstaculicen el derecho del usuario a poner fin al contrato".

Tras la reclamación de FACUA, Vodafone accedió a devolver los 158 euros. Sin embargo, lo hizo a la cuenta de la madre de Iván, que ya había sido cancelada tras su fallecimiento. La asociación, por tanto, tuvo que volver a contactar con la compañía para que realizara el reintegro a una cuenta bancaria del usuario.

Finalmente, tras esta segunda reclamación, Vodafone ha informado de que "hemos realizado las gestiones oportunas para que dicha cuantía sea ingresada en los próximos días en el número de cuenta facilitado por el Sr. Pérez en su reclamación" y, posteriormente, Iván ha comunicado a FACUA que recibió el importe.




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